Batallas contra la impunidad

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El estado de la causas por delitos de lesa humanidad en la provincia

Martín Gerlo

El 24 de agosto de 2011, la sociedad entrerriana comenzó a ver su historia a través de una ventana que algunos siempre quisieron mantener cerrada. Los testimonios vertidos en el primer juicio oral y público por delitos de lesa humanidad desarrollado en la provincia, la Causa Hospital Militar, dejaron en claro que los asesinatos, las torturas, la desaparición de personas y el robo de bebés fueron parte de un plan sistemático de exterminio orquestado por el último gobierno de facto, dentro del cual Entre Ríos no constituyó una excepción. El 21 de octubre de 2011 cinco personas fueron condenadas por sustracción de un menor de 10 años y alteración o supresión del estado civil de los hijos de Raquel Negro, quien dio a luz a fines de febrero de 1978 en el nosocomio castrense de Paraná.

El acompañamiento de los medios de comunicación fue, durante el proceso, un factor de relevancia en la recepción que la opinión pública entrerriana hizo de los acontecimientos revelados mediante las testimoniales. Ésa es una de las principales ventajas que brinda el desarrollo de un juicio oral y público. Sin embargo, la Causa Hospital Militar, como es de público conocimiento, no fue la única tramitada en la provincia.

La megacausa Área Paraná se inició con el restablecimiento de la democracia, cuando la Cámara Federal de Apelaciones -ante la falta de resultados en las investigaciones de los tribunales militares- tomó intervención en el proceso. La normativa, en aquel entonces, establecía que si al cumplirse seis meses de iniciadas las averiguaciones en el ámbito castrense no se constataban avances, las cámaras podían hacer un abocamiento. Al ser previa a la reforma del Código de Procedimiento en Materia Penal de 1992, se tramita a partir de la Ley 2.372, que dispone la realización del juicio por escrito. En esa oportunidad, ante el vencimiento del plazo fijado por la Ley de Punto Final, la Cámara citó a prestar declaración a un grupo de militares y policías con distinto grado de responsabilidad en la represión ilegal. Sin embargo, las indagatorias quedaron posteriormente sin efecto por la sanción de la Ley de Obediencia Debida. En 2003, el fiscal general Ricardo Álvarez pidió el desarchivo de la causa y en mayo de 2004 la jueza Federal ad hoc Myriam Galizzi ratificó la validez de la Ley 25.779, que consideró “insanablemente nulas” a las normativas sancionadas durante la Presidencia de Raúl Alfonsín y declaró la inconstitucionalidad de los indultos presidenciales firmados posteriormente por Carlos Menem, posibilitando la reapertura de las causas.

(Más información en la edición gráfica de la revista ANALISIS)

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