Taleb: “El fallo de la Sala Penal va en contra de la jurisprudencia de la Corte Suprema”

Gamal Taleb

“Seguramente la fiscal que interviene en esa causa y la Procuración interpondrán un recurso extraordinario federal cuya concesión está a cargo de la Sala Penal del STJ, y en caso de que no se lo concedan está la posibilidad de ir en queja directa ante la Corte Suprema con un resultado muy previsible porque hay una jurisprudencia muy sólida”, afirmó Taleb.

El fiscal coordinador de la jurisdicción Gualeguay, Nogoyá y Victoria, Gamal Taleb, criticó la resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia – compuesta por Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Giorgio- que cambió un criterio y ordenó sobreseer a Juan Alfonso Blasón Lorenzatto, acusado de peculado, debido al tiempo transcurrido desde su indagatoria. Se trata de uno de los imputados en la denuncia contra el ex diputado provincial y ex intendente de Maciá, Ricardo Troncoso (Cambiemos) por el manejo irregular de contratos truchos legislativos.

“Me explota el celular de consultas de los fiscales espantados y preocupados por las consecuencias de este fallo”, admitió Taleb al referirse a la determinación de la Sala Penal del STJ, en declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza).

Al respecto, explicó que “históricamente el Superior Tribunal de Justicia y todos los jueces de esta provincia habían sostenido exactamente el criterio contrario a lo establecido en el fallo reciente, incluso desde la época en que los jueces de garantías eran jueces de instrucción y estaban encargados de llevar la instrucción adelante”.

“Según ese criterio, los plazos que tenía tanto el anterior Código Procesal como el actual son ordenatorios, lo que significa que si transcurre ese plazo y no se toma una definición, la acción penal no muere sino que existe la posibilidad de continuar adelante con la investigación. Esto se ha sostenido históricamente en todas las causas, de delitos comunes y delitos contra la administración pública, y con el cambio del nuevo Código hay muchísimos fallos de distintos jueces, e incluso del propio STJ, que sostenían el criterio contrario al que se ha sostenido ahora”, indicó.

Advirtió que con este nuevo fallo “las causas que van a quedar en situación de sobreseimiento son muchísimas, y sobre todo en materia de corrupción hay un gran número de causas que se llevan adelante”.

Planteó además que “hay algo notable: que en agosto de este año la Corte Suprema de Justicia de la Nación sacó un fallo donde dice exactamente lo contrario a lo que ahora dice el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos frente a una norma mucho más taxativa de la provincia de Chubut, ya que el Código Procesal de Chubut establece que si en un determinado tiempo no se eleva una causa a juicio se establece la caducidad de la acción. En cambio nuestro Código Procesal de Entre Ríos, en ningún lado dice que el plazo es perentorio o fatal y que si no se cumple con los 18 meses, se extingue la acción penal”.

“La Corte Suprema de Justicia ratifica su postura histórica, que había comenzado en una causa de 1937 originada en Entre Ríos, donde dice que las provincias carecen de facultades legales para legislar la extinción de la acción penal. Esto lo dijo con toda claridad la Corte Suprema ante una norma mucho más taxativa que el Código Procesal de Entre Ríos, es decir que el de Cozzi es un fallo que va en contra de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia”, aseveró Taleb.

Ante esto, adelantó que “seguramente la fiscal que interviene en esa causa y la Procuración interpondrán un recurso extraordinario federal cuya concesión está a cargo de la Sala Penal del STJ, y en caso de que no se lo concedan está la posibilidad de ir en queja directa ante la Corte Suprema con un resultado muy previsible porque hay una jurisprudencia muy sólida”.

Alertó además que “con esto se va a estar litigando muchos años, y van a hacer muchísimos los planteos de los abogados defensores, y con seguridad son muchos los casos, se va a generar un cuello de botella con muchísimas causas y presentaciones de los defensores que invocarán este fallo. Y todo esto se inscribe en un clima muy preocupante de la situación del Poder Judicial de Entre Ríos”.

De todos modos, apuntó que “habrá que ver qué resuelven los jueces de Garantías, porque hay muchos criterios que sostiene la Sala Penal del STJ que no sostienen ni los jueces de Garantías ni los vocales de tribunales de juicio” y mencionó como ejemplo “distintos criterios sobre la prescripción de la acción penal en materia de delitos sexuales”.

Analizó en este maro que “el fallo de la Corte es muy claro pero esto va a generar un retardo notable en la administración de justicia, para una justicia entrerriana que en el último censo del INDEC tenía el orgullo de que respecto al funcionamiento del sistema acusatorio era el Poder Judicial en el fuero penal mejor valorado por los usuarios del sistema de justicia”. En tal sentido, reveló que “aquellas personas que habían denunciad hechos delictivos, valoraban en más de un 70% de opiniones favorables la respuesta que les había dado la justicia entrerriana” y lamentó que “todo esto va a retardar y establecer una serie de planteos en cascada, y ya se sabe cuál será la respuesta porque la Corte ya lo ha dicho, pero en el medio van a pasar muchas cosas”. 

“Nunca esperé ver un fallo que cambie una jurisprudencia tan consolidada”, admitió.

El funcionamiento del sistema acusatorio

Consultado al respecto, el fiscal sostuvo que “aceleró absolutamente los procesos” y describió que “se puede mirar la composición de las unidades penales de la provincia que ha tenido un salto cualitativo enorme y ha duplicado la población carcelaria, producto de cómo se aceleraron los plazos”.

No obstante, aclaró que “en las causas de corrupción suceden muchas cosas, entre ellas que son complejas en sí mismas porque en una causa de enriquecimiento ilícito, reconstruir el patrimonio de una persona no lleva menos de dos años”.


Miguel Ángel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, integrantes de la Sala Penal del STJ.

Jury a Goyeneche

En relación con el documento que se emitió tras la jornada del fuero penal que organizó la Asociación de la Magistratura de Entre Ríos, sobre el jury que se iniciará contra la procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche, el fiscal relató que “en la Comisión de Independencia judicial que se efectuó durante la mañana del viernes, se debatió la situación de la procuradora Cecilia Goyeneche, y allí muchos planteamos que había una situación institucional muy grave en Entre Ríos y que algunas decisiones sobre la suspensión de ella y de apartar al Ministerio Público Fiscal de su competencia natural, constitucional y legal propia que es llevar adelante la acusación en el Jurado de Enjuiciamiento, resultaba violatorio de la autonomía y la independencia del Ministerio Público Fiscal”.

Agregó que “hubo muchas expresiones de solidaridad hacia Goyeneche; una sola persona de Concordia manifestó que no tenía toda la información para pronunciarse al respecto; hubo mucha emoción, mucha empatía, éramos muchos y todos los que hablaron coincidieron en la necesidad de sacar un documento contundente de apoyo a Goyeneche y de rechazo a esas decisiones”.

“Se armó una comisión de jueces, defensores y fiscales para redactar ese documento durante la siesta y se decidió que antes de continuar debatiendo el tema de juicio por jurados se aprobaría ese documento. Al comenzar el debate, un juez de Garantías expresó su solidaridad con Goyeneche pero planteó que el tono del documento era muy confrontativo, a lo cual se le explicó que reflejaba exactamente el espíritu de lo discutido durante la mañana, a lo cual esta persona no participó de la votación, y el texto se fue aprobando por unanimidad, párrafo por párrafo”, relató.

Confirmó que “todos los que estábamos debatiendo lo aprobamos por unanimidad, y cuando se aprobó el documento final no había nadie que planteara un voto en disidencia. El texto se aprobó de forma unánime y nadie planteó un voto en contra”.

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