Supuesto grupo narco en Nogoyá: por qué sobreseyeron y qué se dice del resguardo a niños

De ANÁLISIS

El juez federal 1 de Paraná, Leandro Ríos, sobreseyó al abogado Mariano Navarro de Nogoyá que había sido imputado junto a otras 9  personas en una causa por presunto narcotráfico. La sentencia tiene fecha del 30 de diciembre último y se conoció esta semana.

El año pasado, la noticia generó ruido a nivel provincial. Navarro es presidente de la sección Nogoyá del Colegio de Abogados y el estudio que comparte con su hermano fue allanado por personal de la División Toxicología de la Policía de Entre Ríos.

En septiembre último, el Juzgado Federal imputó a los investigados pero ahora sobreseyó a la mayoría por falta de pruebas. Según puede leerse en la sentencia, la mayoría de los investigados tenía estupefacientes para consumo personal, pero no se pudo evidenciar el supuesto funcionamiento de una organización dedicada a la venta de droga.

“Del análisis efectuado por la Policía de Entre Ríos no se obtuvieron datos de relevancia para la causa en ninguno de los aparatos de telefonía celular y sus correspondientes accesorios de almacenamiento (como chip o tarjetas de memoria) secuestrados, que justifiquen encausar a quienes resultaran destinatarios de las medidas de injerencia detalladas, correspondiendo les sean devueltos los efectos secuestrados en el marco de las mismas”, se indicó en un tramo de la sentencia a la que accedió ANÁLISIS.

Sí se ordenó en la sentencia la remisión al Ministerio Público Fiscal para que investigue el hallazgo de armas de fuego en los allanamientos a llevados a cabo el año pasado. Se trata de una pistola marca “Walther”, modelo “P22”, calibre .22; una pistola marca “Bersa”, modelo “23”, calibre .22 LR; y una carabina marca “Winchester”, modelo “62A”, calibre .22 LR.

“Es dable inferir que la sustancia marihuana y cocaína que tenían en su poder algunos de los acusados; como las plantas con capacidad para producir estupefaciente endilgadas, se encuentran destinadas al uso personal de los nombrados”, sostiene otro pasaje del documento.  

La investigación que comenzó con estados de sospecha que derivaron en interceptaciones telefónicas, órdenes de allanamiento y requisas vehiculares involucró en principio a 10 personas de las cuales procesaron a 2 sólo por poseer sustancias estupefacientes en un contexto donde hay niños.

Entre los sobreseídos se encuentra Diego Martín Vera; José María Cardoso; Mariano Sebastián Navarro; Franco Maximiliano Broin; José Alberto Reynoso; Sergio Ceferino Pascualín; Ariel Alejandro Díaz; Andrés Sebastián Alfraro; y Juan Edmundo Carrizo. Todos ellos fueron sobreseídos por tener mínimas cantidades de estupefacientes para consumo personal y al resguardo de terceras personas.

En tanto resultaron procesadas dos personas: Juan Edmundo Carrizo y Camila Díaz por poseer estupefacientes en mínima cantidad pero en un contexto de convivencia con niños. El caso de Carrizo es particular, porque encontraron estupefacientes en un vehículo -por lo que resultó sobreseído- pero también en la vivienda que comparte con su hijo -por lo que resultó procesado-. “En el caso de Cristina Camila Díaz, como así también del estupefaciente que le fuera secuestrado a Juan Edmundo Carrizo en ocasión del oficio N°1834/20, debe considerarse especialmente la minoridad de las personas con quienes conviven y que las mismas se encontraban presentes al momento de desarrollarse las medidas”, se apuntó.

Sentencia completa

 

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