Femicidio de Julieta Riera: suspenden el proceso contra Christe por 180 días

Juan Malvasio, juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, dictó la suspensión del proceso que se sustancia para determinar la responsabilidad de Jorge Julián Christe en el femicidio de Julieta Riera, ocurrido el 30 de abril de 2020.

 

La medida es hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expida sobre los recursos de queja presentados por las partes del conflicto. Así, hizo lugar a un acuerdo que terminó de rubricarse este martes.

 

Por distintos motivos, las partes coinciden en que no quieren la realización de un nuevo juicio ante un jurado popular, que se ordenó en la resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia del 2 de junio de 2023, que anuló el veredicto de culpabilidad que emitió un jurado popular el 15 de abril de 2021y ordenó la realización de un nuevo juicio.

 

Riera tenía 23 años cuando cayó del balcón del departamento de Christe, ubicado en el octavo piso del edificio del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (Iapser), en el centro de Paraná. La acusación sostiene que Christe la arrojó. La defensa, que la joven cayó al vacío por una situación ajena al acusado.

 

Los abogados querellantes Pedro Fontanetto y Germán Palomeque, y Mariana Barbita defensa del imputado, precisaron los términos y los argumentos del acuerdo, al que el Ministerio Público Fiscal, representado por Ignacio Aramberry, acompañó. Esta unanimidad en el pedido de suspensión obedece a que las ninguna parte quiere ir a un nuevo jucio. Las acusaciones porque entienden que la anulación del veredicto no procedía y esperan que la CSJN de vuelta la anulación y confirme el veredicto del primer jurado popular, y la defensa porque entiende que no procede un nuevo debate porque se violaría el principio que prohíbe juzgar dos veces a una persona por el mismo hecho.

 

Prisión domiciliaria

 

El acuerdo de las acusaciones y la defensa, que también contó con el acompañamiento de las madres de víctima y acusado, estuvo a punto de naufragar. Fue cuando el juez, atento, le señaló al querellante y a la defensora que no habían referido al punto tres del acuerdo que estaban poniendo a su consideración.

 

El punto refería a la modalidad de cumplimiento de la prisión preventiva en la modalidad de arresto domiciliario como la viene cumpliendo. Las partes habían acordado que se siga con aquella modalidad morigerada con flexibilizaciones consistentes en la posibilidad de cambiar el domicilio donde cumple la prisión por otro donde pueda ver y estar al sol, y poder salir a caminar a una distancia determinada con la tobillera puesta.

 

El juez advirtió a las partes que está pendiente de resolución en la Cámara de Casación el recurso que presentó la defensa ante la denegatoria del pedido de excarcelación de Christe, por lo que expresó que no podía expedirse respecto de ese ítem. Así, Barbita propuso que se suspenda la resolución del juez hasta que la Casación se expida y la querella que aquella desistiera del recurso, lo que finalmente sucedió.

 

(APF)

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