Barbagelata, sobre la prisión de los Siboldi: “Hay que respetar el estado de inocencia"

Marina Barbagelata (Foto: ANALISIS)

Barbagelata analizó lo sucedido en Viale y María Grande donde los vecinos se movilizaron en contra de la prisión preventiva domiciliaria de Axel y Brian Siboldi. (Foto: ANALISIS)

La jueza de Garantías Marina Barbagelata analizó lo sucedido en Viale y María Grande donde los vecinos se movilizaron en contra de la prisión preventiva domiciliaria de Axel y Brian Siboldi, acusados por el triple crimen de Bajada Grande.

En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza), Barbagelata admitió sentirse “sorprendida” por la reacción social ante la determinación de la prisión preventiva domiciliaria de los jóvenes Siboldi. De todos modos, consideró: “Siempre me parece valioso el compromiso de la gente con lo que pasa, me parece valioso que la gente esté dispuesta a comprometerse en lo que implica una manifestación, de salir pacíficamente y exponer lo que le pasa, sus reclamos, sus miedos; siempre una manifestación popular es una muestra del compromiso de la sociedad con su realidad”.

“Pero también me parce que toda manifestación pacífica es legítima, pero no siempre los reclamos tienen la misma legitimidad que la manifestación en sí; hay que hacer una distinción entre lo que es absolutamente legítimo de ir a manifestarse y lo que se está reclamando, porque sucede a veces que un día se manifiesta un grupo pidiendo una cosa y al otro día se manifiesta el grupo que pide lo contrario, y las dos manifestaciones son legítimas”, explicó.

En tal sentido, agregó que “hay una distinción entre lo que es legítimo, como una manifestación de la gente pidiendo lo que quiere; pero respecto de lo que quieren concretamente se puede hacer un análisis específico”.

“Es compleja la realidad, porque uno como juez toma decisiones dentro de una causa y las manifestaciones tienen la dificultad de no entender qué es lo que se está reclamando y el Estado deberá responder a aquellos reclamos legítimos. Pero en un punto las manifestaciones implican analizar cuestiones que son mucho más genéricas que la decisión que yo he tomado en relación con esta causa concreta”, reflexionó la magistrada y se preguntó si “la gente está en contra de las prisiones preventivas domiciliarias o si está en contra de la prisión preventiva domiciliaria específicamente de los Siboldi”.

“Mi responsabilidad como jueza tiene que ver con tomar decisiones que sean legítimas en el marco de determinada causa; en una específica situación donde hay partes legitimadas para opinar como son los defensores de los imputados, la Fiscalía y los representantes de las víctimas; y el resto podrá opinar en general del Poder Judicial, pero no se les puede dar una voz dentro del expediente”, apuntó.

En ese marco, planteó que “pensando como ciudadanos, hay que saber que las decisiones se toman en relación a las necesidades que se advierten en un determinado expediente, y en esa valoración concretamente hubo fundamentaciones diferenciadas respecto de un imputado y de otro imputado. Se valoró que respecto de un imputado no correspondía otra medida cautelar menos gravosa que quedar en la Unidad Penal cumpliendo la prisión preventiva, pero había otras situaciones que había que diferenciar respecto de las otras personas y por tanto no resulta legítimo privarlos de todo derecho sin que haya una sentencia que los encuentre culpables”.

“Celebro que la gente se manifieste, que la gente tenga la oportunidad de manifestarse y que pueda hacerlo gracias a la intervención de los medios de comunicación ya que las audiencias son públicas, pero también me parece importante ser precisos en el análisis y en el alcance de la decisión que se tomó. Los ciudadanos de María Grande me enviaron una nota que valoré pero se advierte allí que no hay una clara distinción entre lo que es una persona cumpliendo prisión domiciliara después de una condena donde se la encontró culpable, que es muy distinto a una persona jurídicamente inocente que está privada de libertad por prisión preventiva”, señaló.

En tal sentido, remarcó que “se trata de dos imputados que no tienen ningún antecedente; son dos personas que son inocentes, porque todavía no hay ninguna sentencia; y se valoró que era suficiente restricción de sus derechos privarlos de libertad en un domicilio apto para que funcionen las tobilleras electrónicas”.


Brian y Alexis Siboldi durante la audiencia. (Foto: ANALISIS)

Del mismo modo, resaltó que “se está tratando de resguardar a los testigos que tuvieron la desdicha de presencia algo tan terrible como es la muerte de tres personas; hay que entender que la decisión tiene que ver con asegurar a las únicas personas que podrían estar en riesgo, que son las que fundaron la decisión de la prisión preventiva domiciliaria, y hay que asegurar la prueba del hecho que son los testigos”.

En ese contexto, se preguntó “cuál es la preocupación de la gente” y advirtió que “ya hay otras prisiones preventivas domiciliarias en Viale y otras prisiones domiciliarias ya con pena”.

En cuanto a los antecedentes de los Siboldi, la jueza cuestionó que “el planteo sea que los hijos pagan por la historia del padre” y se manifestó dispuesta a “participar de un encuentro para escuchar a la gente y conversar”. “La gente está sensible y entiendo las razones, porque en definitiva la gente está pidiendo seguridad y toda decisión es decodificada en esa clave. Pero hay que tener cuidado con lo que se pide”, alertó.  

Asimismo, sentenció que “hay que respetar el estado de inocencia, quién es la persona en particular, cual es el hecho que se está investigando respecto de esa persona y cuál es el daño que esa persona en libertad puede generar a la causa en la que está involucrado”.

Como continúa la causa

Consultada sobre la resolución de la situación, Barbagelata explicó: “Yo ya me expedí respecto de la viabilidad de la prisión preventiva domiciliaria, es una decisión que está fundada respecto a que la prisión domiciliaria con tobillera es una medida cautelar suficiente para asegurar el proceso, principalmente a los testigos que deben declarar en el juicio”.

“Eso es lo que resolví en la audiencia donde la defensa ofreció un domicilio y se dispuso que el mismo se evaluara para determinar si era apto para el funcionamiento de la tobillera electrónica, pero luego de la manifestación ocurrida en María Grande la propia defensa desestimó ese domicilio. Del mismo modo sucedió en Viale, se retiró el ofrecimiento de ese domicilio y por ello se resolvió que se esperará el nuevo ofrecimiento de domicilio que haga la defensa y si el Servicio Penitenciario determina que es apto para la tobillera, se resolverá”, describió.

“Lo que queda es que la defensa ofrezca un domicilio donde se pueda cumplir la medida; pero no se ejecutaron las medidas anteriores porque la propia defesa desestimó a María Grande y a Viale”, concluyó.

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