Fiesta en Olivos: el juez Mirabelli intimó al gobierno para que entregue información

Fiesta en Olivos: el juez Mirabelli intimó al gobierno para que entregue información

Aunque todavía no se definió qué juzgado quedará a cargo de la investigación por la fiesta en Olivos, el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli reactivó este viernes dos medidas de prueba que ya habían sido pedidas cuando el expediente tramitaba Comodoro Py. Por un lado, le pidió a la Secretaría General de la Presidencia que informe los protocolos sanitarios que se habrían aplicado la noche del 14 de julio de 2020, cuando se realizó el festejo por el cumpleaños de Fabiola Yañez. También le pidió a la Secretaría de Innovación Pública que entregue una información sobre la aplicación Cuidar. Cansado de esperar, Mirabelli le dio al Gobierno un plazo de 5 días.

Aunque ya pasó más de un mes desde que el expediente se fue de Comodoro Py, todavía no está definido quién quedará a cargo. Hace una semana, Mirabelli le pidió a la jueza Sandra Arroyo Salgado que se inhiba de seguir investigando otra causa iniciada por una denuncia similar. Su colega de San Isidro todavía no contestó ese oficio.

En el expediente principal están imputados el presidente Alberto Fernández, su pareja Yañez y el resto de los invitados al cumpleaños: Sofía Pacchi, Florencia Fernández Peruilh, Santiago Basavilbaso, Emanuel Esteban López, Stefanía Domínguez, Fernando Consagra, Rocío Fernández Peruilh, Carolina Marafioti y Federico Abraham.

La causa pasó a San Isidro hace un mes, cuando el juez Sebastián Casanello se declaró incompetente y las partes decidieron no apelar. A partir de ese momento, la investigación avanzó muy poco por la disputa de competencia.

Hace una semana, Mirabelli volvió a reclamar que las dos causas en trámite se acumulen y se queden en su juzgado. Argumentó que la denuncia que está radicada en el juzgado de Arroyo Salgado es posterior (13 de agosto de 2021) a la que se realizó en Comodoro Py (28 de julio de 2021). Y que él estaba del turno cuando Casanello se declaró incompetente.

Arroyo Salgado no tiene un plazo para contestar, lo que podría alargar los tiempos de la definición, pudo saber Infobae de fuentes judiciales. Por eso, Mirabelli decidió activar las medidas de prueba pendientes.

“Encomiéndese nuevamente a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de la Presidencia que, dentro del término de cinco (5) días, tenga a bien emitir un informe pormenorizado sobre los recaudos y protocolos sanitarios para prevenir la propagación del COVID-19, que habrían sido aplicados el día 14 de julio de 2020″, detalló en su resolución.

Por otro lado, le pidió a la Secretaría de Innovación Pública, dependiente de la Jefatura de Gabinete, que informe si de la base de datos de la aplicación Cuidar surge que Yáñez y el resto de los invitados “hayan tramitado un permiso o habilitación para circular vigente para el 14 de julio del 2020 y, en su caso, se informen los datos suministrados para su obtención”. También en un plazo de 5 días.

Ambas medidas ya habían sido pedidas en agosto por el fiscal Ramiro González.

Aunque ya pasó casi un mes desde que la causa aterrizó en San Isidro, todavía no está definido quién será el juez definitivo. Si Arroyo Salgado se opone al planteo que hizo Mirabelli, será la Cámara Federal de San Martín la que resuelva la interna. Eso impediría, como pretende el Gobierno, que la causa se resuelva antes de las elecciones del 14 de noviembre.

El juez que quede a cargo de la causa deberá resolver varios planteos pendientes. El Presidente pidió ser sobreseído al considerar que en el caso no se cometió delito y propuso una reparación económica durante cuatro meses de la mitad de su sueldo al Instituto Malbrán. Otra imputada, Carolina Marafioti, también pidió una conciliación. Y la defensa de Stefanía Domínguez planteó la inconstitucionalidad del decreto que impuso las restricciones durante la pandemia que impedían el festejo.

Por el planteo del Presidente, Mirabelli decidió hoy abrir un incidente. “En virtud de la excepción de falta de acción deducida por el Dr. Alberto Ángel Fernández (fs. 35/52), fórmese el respectivo incidente y provéase allí cuanto corresponda”, dice el último párrafo de la resolución a la que tuvo acceso Infobae.

La definición a ese planteo, sellará el futuro de la causa.

 

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