A través de un comunicado, la agrupación HIJOS indicó que Alberto Rivas, oriundo de Concordia, al momento de cometer los delitos se desempeñaba como capitán del Ejército, oficial instructor del Segundo Consejo de Guerra Especial Estable Sub Zona 22 Paraná.
Tenía a su cargo la función de organizar y llevar a cabo los interrogatorios mediante la ratificación y ampliación de las llamadas declaraciones “espontáneas” de los detenidos efectuadas ante las fuerzas represivas, bajo la imposición de apremios y tormentos a las víctimas denunciantes privadas ilegítimamente de su libertad; sirviendo estas declaraciones de fundamento a los Consejo de Guerra a los que fueron sometidos posteriormente, tarea efectuada dentro de una organización estructurada como un aparato de poder que gobernó, bajo situación de hecho, durante la última dictadura miliar en Argentina.
A Rivas se le imputa su intervención, en relación a treinta y tres hechos que involucran a compañeros ex detenidos, en calidad de Coautor de los delitos de privación ilegitima de la libertad agravada por la especial calidad de funcionario publico, en abuso de funciones, mediante el uso de violencias y amenazas; aplicación de severidades, vejaciones y apremios ilegales, e imposición de tormentos, conductas agravadas por haber durado mas de un mes; que se enmarcan dentro del tipo genérico de delitos de lesa humanidad de desaparición forzada de personas.
Era común el traslado de los detenidos desde el Batallón de Comunicaciones, donde muchos fueron torturados salvajemente, hacia las unidades penitenciarias, tanto la de hombres como la de mujeres, donde eran revisados por médicos que no dejaban constancia del estado en que se encontraban. En las penitenciarias los recuperaban un poco y luego volvían sobre ellos, con amenazas de ser nuevamente torturados, para que firmen las “declaraciones espontáneas” y luego eran sometidos a los Consejos de Guerra. En esto Rivas tenía una parte fundamental.
Por su parte, Carlos Horacio Zapata, nacido en Diamante, durante el Terrorismo de Estado se desempeñaba como agente de la Policía de la Provincia de Entre Ríos siendo Oficial de la Dirección de Investigaciones.
Integraba un Grupo de Tareas junto a otros represores que aparecen identificados en distintos testimonios de los secuestrados.
En las declaraciones son nombrados el entonces comisario Luis Francisco Armocida, jefe de Operaciones y Seguridad de Diamante; y el oficial principal Daniel Manuel Pancita Rodríguez, quien falleció sin ser sometido al correspondiente juicio.
A Zapata se le imputa su intervención en carácter de Coautor, de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por la especial calidad de funcionario público, en abuso de funciones, mediante el uso de violencias y amenazas; aplicación de severidades, vejaciones y apremios ilegales, e imposición de tormentos, conductas agravadas por haber durado más de un mes; que se enmarcan dentro del tipo genérico de los delitos de lesa humanidad y de desaparición forzada de personas en su calidad de funcionario público.
En la Justicia hay trece testigos víctimas que lo denuncian como el que estaba encargado de proceder con las detenciones ilegítimas de los ex presos, su alojamiento en los centros clandestinos de detención, como el que se conoce como la “Casita de la Base” y “La comisaría de El Brete”, entre otros; y con posterioridad a estas detenciones, imponer apremios ilegales y torturas a los mismos.
Igualmente es quien suscribe las “declaraciones” (bajo tortura y amenazas) prestadas en la causa “Sumario por supuesta infracción Artículo 213 bis del Código Penal y Ley 20840” , argumento espurio que le sirvió al Ejército para armar el Consejo de Guerra, publicó diario Uno.