El programa se encuadra en los artículos 5º y 6º de la Ley Nº 10.083, complementada por la Ley Nº 10.111, que faculta al Ejecutivo a concretar operaciones de crédito público mediante la colocación de títulos con destino a la refinanciación y/o reestructuración de los servicios de la deuda pública.
El interés compensatorio equivaldrá a la Tasa Badlar Bancos Privados más una cantidad de puntos adicionales a determinar al cierre del período de colocación. Cotizarán en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y eventualmente se negociarán en el Mercado Abierto Electrónico, publicó APF.