Ante el debate en el Congreso, desde ámbitos provinciales coincidieron en no penar el consumo privado de droga

El Poder Ejecutivo Nacional dio luz verde para que en el ámbito parlamentario se modifique la ley que pena la tenencia de drogas para consumo personal.

El debate, que ahora se abrirá con un proyecto del ex jefe de Gabinete Aníbal Fernández, intenta modificar la norma actual (23.737). La apertura de la discusión fue a raíz del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Arriola. No obstante, tribunales federales ya habían sentado jurisprudencia.

Lo que comúnmente se llama “despenalización de la droga” es, en rigor, despenalización de la tenencia de droga en el ámbito privado.

La iniciativa que se debatirá apunta concretamente a no penar la tenencia de marihuana siempre que sea para consumo personal. No entraría en la propuesta oficial el permiso para poseer otras clases de drogas ilegales, como la cocaína o las drogas sintéticas. El proyecto de ley respaldado por la Casa Rosada mantendría ese criterio.

La punición o no a la tenencia de drogas está ligado a las políticas de Estado para contrarrestar el narcotráfico; objetivo que tanto la presidenta Cristina Fernández en la Asamblea Legislativa, como el gobernador, Sergio Urribarri, en su discurso inaugural, dejaron en claro que está entre las prioridades.

Las opiniones en el ámbito provincial

Ante el inminente debate que se abrirá en el Congreso, El Diario consultó a funcionarios de los poderes Ejecutivo y Judicial. El vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Carlos Chiara Díaz, dio un pantallazo de las dos “tendencias” que proliferan sobre el tema. “Una de ellas es la idea de expandir la persecución penal. Esta idea se toma de los Estados Unidos y apunta a penar la tenencia de droga pese a que sea para consumo propio. Se entiende que el consumo fomenta la compra y venta. La otra mirada tiene que ver con respetar el acto privado siempre y cuando no se involucre a un tercero: esto es no fumar un cigarrillo de marihuana en la plaza. En lo que respecta al narcotráfico la búsqueda por atacarlo está en otras medidas ligadas más a la seguridad”.

El magistrado calificó de “modos autoritarios” los que apuntan a penalizar a quien en “su casa, por ejemplo, quiere fumarse un porro”. “El delito es la última forma de castigar que tiene el Estado”, afirmó. Y agregó: “En la Argentina hay una importante jurisprudencia en donde lo que prima es la privacidad de lo que haga una persona, siempre que no se ofenda a un tercero”.

La jueza federal Lilia Carnero tiene una posición similar. “Hace años que en los tribunales se viene sentando jurisprudencia sobre este tema. Una cantidad mínima de estupefacientes consumido en un lugar privado no afecta el bien jurídico que es la salud pública, por lo tanto no tiene por qué ser penado”, opinó. La magistrada dejó en claro que “un consumidor, que lo hace en el ámbito privado, es una cuestión personal amparada en la Constitución Nacional en su artículo 19”. Ahora, en cuanto a su situación de consumidor no debe ser la Justicia a través de la penalización una solución, sino otros organismos del Estado. Judicializar a un consumidor es estigmatizarlo, y eso no está bien”, añadió.

El secretario de Lucha Contra las Adicciones de la provincia (Selca), Mario Elizalde, citó el “caso Arriola”. Entiende que fue un avance en términos jurídicos y aclaró que en la legislación actual “no está penado el consumo personal”.

“La Corte Suprema declaró inconstitucional uno de los artículos de la Ley de Estupefacientes, pero ésta aún sigue vigente. Si una persona tiene alguna sustancia en su poder y es requisada por la Policía, queda detenida. Es imprescindible avanzar en la pena contra el narcotráfico y no contra el usuario que, en definitiva, es una persona enferma o en proceso de enfermarse”, opinó ante esta Hoja. Con el antecedente del máximo cuerpo de Justicia del país, la situación del detenido cambiaría en caso de apelar.

Tanto Chiara Díaz como Elizalde coinciden en que diferentes sectores sociales y del Estado son los que tienen que tomar cartas en el asunto para evitar que la punición sea la salida.

Uno de los puntos en los que se abrirá un debate será cuando se decida si se fija o no, y en caso de hacerse, cuál sería la fracción de droga que la ley reconocería como de consumo propio. “Esto puede ser complicado porque cómo hacemos para fijar una cantidad. Sin ridiculizar el tema digo esto: una persona puede ser consumidora y tener en su casa un kilo de marihuana”, ejemplificó Elizalde. El vocal tiene una mirada similar: “No hay que detenerse en eso. Sin dudas en cada caso se deberá analizar.

Dónde encuadraría el caso sucedido en Paraná, en donde una mujer tiene una plantación importante de marihuana y aduce que es para cuestiones medicinales”, se preguntó.

Para Carnero tampoco “es conveniente” que se fije en el texto una cuantía de estupefacientes para, de esa manera, encuadrar un delito. “Siempre que no se afecte el bien jurídico o afecte a terceros deberá ser un caso a analizar de forma particular”, apuntó. Los tres consultados coincidieron en saludar la apertura del debate.

Jurisprudencia

El fallo Arriola refiere a cinco jóvenes detenidos en Rosario por la tenencia de droga para consumo personal, en donde todos fueron detenidos pero luego absueltos. Los vendedores fueron imputados por infracción a la ley 23.737, pero sólo los dealers (distribuidores) recibieron condena. La cantidad de marihuana era de 1,1 gramos cada uno.

Más allá del pronunciamiento de los jueces, el fallo puede ser interpretado como inclusivo para otras sustancias. Esto es una de las cuestiones que salvaría la nueva ley al referirse sólo a la marihuana. En el fallo lo que se cuestiona es el castigo para la tenencia de escasas cantidades en la esfera privada, no el tipo de droga.

¿Nunca será delito consumir drogas en el ámbito privado? Si la persona consumiera estupefacientes delante de un menor, incurriría en una conducta delictual porque la ley castiga el peligro de la difusión del vicio.

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