Confirmaron la condena a Taleb pero modificaron la inhabilitación para cargos públicos

Sala Penal

Decisión de la Sala Penal compuesta por Mizawak, Carubia y Castrillón (Giorgio se excusó porque intervino en instancias anteriores de la causa). (Fotos: ANÁLISIS)

La Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal Superior Tribunal de Justicia (STJ), integrada por Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Emilio Castrillón, resolvió hacer lugar parcialmente a la impugnación extraordinaria deducida por el abogado Julio Federik, defensor técnico del encausado Raúl Abraham Taleb, se informó a ANÁLISIS desde el área de prensa del STJ.

La impugnación del ex legislador fue presentada en contra de su condena, dictada por la Sala Nº 1 de la Cámara de Casación Penal de Paraná. La modificación del fallo de primera instancia está vinculado a las penas de inhabilitación absoluta perpetua a ocupar cargos públicos y la multa. La condena a 3 años de prisión de cumplimiento condicional por enriquecimiento ilícito contra el ex funcionario público no fue modificada y deberá cumplirla.

La resolución firmada este martes deja sin efecto el punto 1 de la parte resolutiva de la sentencia dictada por la Excma. Cámara Primera, Sala Primera de Paraná, sólo en cuanto dispuso la inhabilitación absoluta perpetua y la multa de pesos cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos setenta y siete ($442.507,00), confirmándola en todo lo demás.

La Sala Penal le impuso a Taleb la pena de inhabilitación absoluta por el término de cinco (5) años - art. 268 (2), del Código Penal, texto según Ley 16.648-. 

Los fundamentos del fallo serán dados a conocer el 12 de septiembre próximo a las 12.30 .

Antecedentes

El 18 de abril de 2016, por unanimidad, el Tribunal integrado por Elvio Osir Garzón, Miguel Ángel Giorgio y Daniel Malatesta declaró a Raúl Abraham Taleb autor material y responsable del delito de enriquecimiento Ilícito de funcionario público. Fue condenado a la pena de 3 años de prisión condicional con más la de Inhabilitación absoluta perpetua y multa de cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos setenta y siete ($ 442.577) -arts.5, 40, 41, 45 y 268 (2) del Código Penal, según texto Ley Nº 25.188.

Además se le fijó las siguientes reglas de conducta a cumplir por el condenado por el término de Tres Años: a) Constituir domicilio, el que no podrá variar sin autorización del Tribunal y b) Realizar trabajos no remunerados en favor de una institución de bien público de la localidad de Diamante, a determinar por la O.M.A una vez firme la sentencia, a razón de cuatro horas semanales -art.28 del C.P.

También se dispuso el decomiso de un inmueble sito en calle Buenos Aires de la ciudad de Paraná, que quedará a disposición del Estado provincial una vez firme la sentencia.

El 23 de noviembre de 2017 la Cámara de Casación Penal rechazó el recurso de Casación interpuesto por la defensa de Taleb y se confirmó la sentencia.

 

 

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