Prescribió el sumario contra un agente estatal por presunta comercialización de loros

Loro

Un empleado estatal fue acusado de comercializar loros paraguayos a través de una computadora oficial. (Foto: ilustrativa).

El Decreto N°479 del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas (MEHF) de Entre Ríos, publicado el lunes 16 de marzo en el Boletín Oficial, declara la prescripción del sumario iniciado al agente de la Unidad Central de Contrataciones, Fabricio Retamar.

Según observó ANÁLISIS, el propio Gobierno le quiso aplicar a Retamar una acción disciplinaria por la presunta comercialización de loros paraguayos. La acusación, que ahora quedó sin efecto, indicaba que el empleado de la Unidad Central de Contrataciones hizo publicaciones el 13 y 14 de febrero de 2013 en el sitio de clasificados OLX, a través de una computadora de la Unidad Central de Contrataciones, que depende del Ministerio de Economía.

Fundamentos defensivos del agente estatal

Retamar formuló una “Excepción de Prescripción contra la Acción Disciplinaria” ejercida en su contra y planteó la nulidad de todo lo actuado. Para fundamentar el pedido que finalmente el Gobierno le concedió, invocó el artículo 69 de la Ley N°9755 sobre “el plazo de prescripción para la aplicación de sanciones disciplinarias será de dos (2) años y se contará a partir del momento en que la Administración toma efectivo conocimiento del hecho o momento en que debió haberlo conocido, considerando los deberes o mecanismos de contralor del caso concreto”. “Será causal de interrupción del curso de prescripción de la acción disciplinaria, la disposición del sumario pertinente. Y como causal de suspensión del plazo de prescripción, el inicio de la información sumaria. El efecto suspensivo será de un año como máximo”.

De acuerdo a las constancias obrantes en las actuaciones, precisa el decreto, las actuaciones contra Retamar comenzaron el 10 de septiembre de 2013, cuando el Director General de Informática, a instancias de la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental, tomó conocimiento de los hechos aparentemente ocurridos los días 13 y 14 de febrero de 2013.

Por eso, el 27 de noviembre de 2013, se promovió una información sumaria para investigar los acontecimientos. El trámite de la causa inició a través del Decreto Nº 4030/18 MEHF.

En su descargo el agente también dijo que 3 de diciembre de 2014, el Departamento de Informaciones Sumarias decidió clausurar la instrucción y el 20 de septiembre de 2016, finalizó el sumario en el cual se había dispuesto la suspensión de 7 días sin goce de haberes. Ante esa decisión se presentó revocatoria, se dejó sin efecto la sanción y se ordenó informar al agente acusado.

“Se puede advertir que la potestad sancionatoria del Estado Provincial se encuentra ampliamente prescripta. Por lo que habiendo tomado conocimiento la Administración de las supuestas faltas en septiembre de 2013, con la nota dirigida al Director General de Informática, cabe considerar dicha fecha como punto de partida del plazo de prescripción. Dicho plazo se suspendió con la apertura de la instrucción sumarial que sucedió el día en febrero de 2014, por lo que la acción se encuentra prescripta”.

Añadió que “durante la sustanciación de la información sumaria nunca se me notificó de la imputación que recaía sobre mi persona, por lo que nunca pude formular mi descargo o defensa. Esta conducta ha implicado una grosera violación a mi derecho de defensa consagrado en la Constitución Nacional”.

Entre otros argumentos, el agente contestó que “a nuestro juicio la violación de la secuencia temporal prevista en la norma es causal de nulidad absoluta (...) En el derecho administrativo de los tribunales administrativos internacionales (...) la indefensión en sede administrativa, o el defectuoso cumplimiento del debido proceso en sentido procedimental en sede administrativa, se castiga siempre judicialmente con la nulidad. Basta consultar las bases de datos tales tribunales en Internet. La justicia que no anula los actos administrativos dictados con indefensión se mira a sí misma en el espejo de su propia eficiencia (terminar el caso) pero sacrifica la eficiencia de su objeto de control que es la que debiera cuidar”.

Cuestiona además “si puede efectuarse una defensa formal y materialmente válida cuando se lo invita a defenderse de la aplicación de una sanción que ya ha sido aplicada y cuya prueba ya ha sido producida, observando ante ello, la arbitrariedad que ha primado durante todo el procedimiento, que ha violado de modo evidente y burda la garantía de debido proceso y lo ha convertido un procedimiento a todas luces nulo”.

Decreto

El decreto consta de dos artículos principales:

El primero declara la prescripción de la acción del Estado para perseguir disciplinariamente al agente Retamar por la presunta comercialización de loros paraguayos, a través de la página OLX, utilizando una de las computadoras de la Unidad de Contrataciones.

El segundo artículo dispone el archivo de las actuaciones por considerar prescripta la potestad disciplinaria del Estado Provincial por el hecho endilgado al agente.

La disposición fue refrendada por el ministro de Economía, Hacienda y Finanzas, Hugo Ballay, y el gobernador Gustavo Bordet.

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